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Los delitos carecen de género, de jerarquías o de alcurnias. Se hallan tipificados, por igual, en los códigos penales de todo el mundo y sólo alcanzan mayor o menor gravedad en razón directa de la condición social o cultural de sus autores, del grado de autoridad que ostentan o de los medios de los que se valen para cometerlos. El debate suscitado sobre la despenalización de los delitos de prensa somete a uno de las más trascendentales derechos fundamentales del hombre a cuestionamientos innecesarios, puesto que se pretendería establecer, paradójicamente, un estatus excluyente de modo tal que los periodistas que incurran en los consabidos delitos contra el honor: calumnia, difamación e injuria, destruyendo honras y familias, deberían ser castigados únicamente de acuerdo con el Código Civil, es decir mediante sanciones económicas consistentes en multas o indemnizaciones.
Al margen de que si esta suerte de discriminación legal puede ser admisible o no dentro de un sistema democrático, o si como sostienen algunos, resultaría más temida para los periodistas incursos en delito la obligación de pagar indemnizaciones onerosas que recibir una pena de prisión, generalmente suspendida por imperio del mismo Código que lo permite cuando las condenas no superan los cuatro años de pena privativa de la libertad, surge de inmediato la pregunta ¿Y qué pasaría con el periodista insolvente económicamente, incapaz de cubrir el pago de un determinado monto elevado indemnizatorio si no posee bienes ni patrimonios con qué responder? Ni siquiera le podrían embargar sus sueldos porque éstos son inembargables, excepto por causas de alimentos – y únicamente en una fracción- que así lo señala el mismo Código Civil. En otro extremo ¿acaso podría ser suspendido en sus tareas periodísticas en tanto no cumpla con la sanción económica impuesta? De ninguna manera sería factible esta medida porque significaría atentar contra el derecho al trabajo y a la subsistencia: un atentado contra los Derechos Humanos. En esta disyuntiva quedaría entonces el supuesto de la responsabilidad solidaria del dueño de la empresa periodística donde labora el sancionado, lo que tampoco resultaría justo, y contrariamente peligroso porque nos colocaríamos en la situación cavernaria de ver a los periodistas sometidos a consignas, a mordaza y a merced de la voluntad de los ejecutivos de sus empresas, porque, en el supuesto de ser considerados solidariamente responsables, los propietarios de los medios se pondrían a buen recaudo y pasarían a convertirse en censores de las opiniones y .libre expresión de los hombres de prensa, lo que sería inadmisible y cavernario.
Vistas estas realidades en torno a tan complejo asunto, la despenalización de los delitos de prensa no sería otra cosa que el establisment de un fuero de privilegio para el sector de la prensa, mejor dicho, para aquellos que llevan en su mentalidad la tendencia hacia el agravio, al placer de injuriar y hacer uso de procacidades y desenfrenos propios del psicoanálisis de algunos personajes, muchos de ellos, que sin ser periodistas cogen, por ejemplo, un micrófono y lanzan al aire las más explosivas denuncias e improperios contra cualquiera, sin tasa ni medida con el objetivo de satisfacer sus bajas pasiones cuando no del chantaje para cobrar cupos, desde luego sin dejar huellas y gozando de la más completa impunidad.
Por lo demás, los periodistas dignos, responsables y respetuosos, que utilizan el lenguaje culto y ejemplar, sin dejar de ser valientes con causa, los que hacen buen uso de la libertad de prensa con talento y con talante, no tienen por qué temer a que los delitos que se cometan por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social sean sancionados conforme con el Código Penal, tal como expresamente se establece en el segundo párrafo del inciso 4, artículo 2º de la Constitución Política. Pues, porque no puede dejar de ser pasible de condena el delito perpetrado por determinados personajes que escudados en el derecho de la libre expresión la utilizan como arma innoble contra los que no pueden defenderse y terminan desprestigiando a la excelsa tarea de la prensa, la que así como es la más indispensable herramienta democrática de la vida humana, puede también convertirse en arma letal de la sociedad.
De ahí que en este debate, que jamás debió existir, es aconsejable actuar con la serenidad de los seres pensantes, de los que actuamos sin debilidades ni exageraciones, y meditando profundamente a fin de no caer en extremismos perniciosos, porque no vaya a suceder que en el afán de defender el sagrado derecho a la libre expresión, la libertad de prensa y los principios morales, caigamos sin darnos cuenta en la defensa de la perversa proclividad hacia el mal y las protervas inclinaciones de los que suelen traficar escudándose en algún medio de comunicación social para satisfacer subalternos intereses y tendencias.
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